El Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales, define al Procurador como aquella persona que puede encargarse, mediante apoderamiento conferido adecuadamente, de representar los derechos e intereses de su poderdante ante los Tribunales de Justicia.
En el Derecho español está la figura del Abogado (defensa) y del Procurador (representación), que desarrollan tareas complementarias dentro del proceso judicial, garantizando al justiciable la efectiva defensa de su derecho y al órgano jurisdiccional una necesaria agilidad en el desarrollo de la actividad procesal.
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